Proceso de asilo en la corte de inmigración
¿Cuáles son los pasos del proceso de asilo en la corte de inmigración?
Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, puede solicitar asilo presentando una solicitud de asilo (Formulario I-589) a la corte de inmigración y asistiendo a todas sus audiencias en la corte. La corte de inmigración envía información importante por correo, ¡así que es importante cambiar su dirección si se llega a mudar!
Estos son los pasos generales del proceso de la corte de inmigración:
- Los oficiales del gobierno de los Estados Unidos deberán entregarle un Aviso de Comparecencia (NTA, por sus siglas en inglés). Guárdelo en un lugar seguro.
- Revise el sistema de la corte de inmigración cada semana para saber cuándo tiene programada su primera audiencia en la corte. La primera audiencia se llama audiencia preliminar o de “calendario maestro” (MCH, por sus siglas en inglés) y suele ser muy breve. Puede tener más de una audiencia preliminar dependiendo de su situación (por ejemplo, si usted pide más tiempo para encontrar un abogado).
- Asista a todas sus audiencias en la corte de inmigración. Si usted falta a una audiencia, lo más probable es que el juez de inmigración ordene su deportación.
- Entregue su solicitud de asilo (Formulario I-589) a la corte de inmigración, dentro de un año desde la fecha en que llegó a los Estados Unidos. Puede pedirle a la corte de inmigración que le dé una copia sellada de la primera página para que usted pueda guardarla en sus archivos, aunque esto no es obligatorio.
- Entregue una copia de las primeras tres páginas de su solicitud de asilo a USCIS. USCIS debería enviarle por correo un aviso de recibo de su solicitud de asilo.
- Después, USCIS debería enviarle por correo un aviso para una cita biométrica para que le tomen sus huellas dactilares. Vaya a su cita biométrica.
- Solicite un permiso de trabajo. Solicitantes de asilo pueden solicitar un permiso de trabajo 150 días después de presentar la solicitud de asilo.
- Después de recibir su solicitud de asilo, la corte de inmigración debería programar una “audiencia individual” para usted. Esta es una audiencia más larga para explicarle más sobre su caso de asilo.
- Antes de su audiencia individual, presente pruebas por escrito para respaldar su caso de asilo. El juez de inmigración debería decirle la fecha límite para entregar sus pruebas.
- Vaya a su audiencia individual y presente su caso de asilo.
Después de la audiencia individual, el juez de inmigración decidirá si le concede el asilo o no. Es posible que el juez le informe de la decisión durante la audiencia o es posible que usted reciba la decisión por correo. Si el juez de inmigración le concede asilo, usted y cualquier familiar que haya incluido en su solicitud de asilo, también recibirán asilo. Si el juez de inmigración decide no concederle el asilo, usted puede puede luchar contra la decisión del juez empezando una apelación a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) dentro de 30 días después de esa decisión.
¿Cuánto tiempo dura el proceso en la corte de inmigración?
La duración de un caso en la corte de inmigración puede variar mucho. Si usted solicita asilo, su caso a veces puede tardar varios años para ser completado. Otras veces, puede tardar menos de un año. La duración de su caso no tiene ningún significado sobre si usted conseguirá asilo o no.
Es importante recordar que no lo pueden deportar mientras su caso esté pendiente. Sin embargo, si usted falta a una audiencia en la corte de inmigración, lo más probable es que usted reciba una orden de deportación. Por favor, recuerde revisar el estatus de su caso, mantener su dirección actualizada y asistir a todas las audiencias. Si usted desea ayuda con su caso, puede buscar ayuda legal aquí.
¿Qué debería saber antes de ir a la corte de inmigración?
Usted debería planear llegar temprano a su audiencia (alrededor de 30 minutos antes de la hora programada). Usted deberá pasar por seguridad para una inspección antes de ingresar a la corte de inmigración. Muchas cortes de inmigración no permiten alimentos ni bebidas.
La corte de inmigración usualmente se encuentra en un edificio con otras oficinas gubernamentales. Puede ver su aviso de audiencia para saber a qué piso y sala debe ir. Frecuentemente, una corte de inmigración tiene varias salas de audiencia. Asegúrese de ir a la sala de audiencia correcta.
¿Qué pasará durante mi primera audiencia en la corte de inmigración?
Durante su primera audiencia, el juez debería hacerle algunas preguntas iniciales sobre su caso y programar su siguiente audiencia. La primera audiencia suele ser muy breve.
¡Es muy importante que usted asista a su primera audiencia en la corte de inmigración! Si usted no va, el juez de inmigración probablemente le dará una orden de deportación.
Cuando usted llegue a su primera audiencia, es posible que haya muchas personas en la sala de audiencia. Esto se debe a que el juez suele tener varias audiencias programadas al mismo tiempo. Es posible que usted tenga que esperar varias horas antes de que su nombre sea llamado para su audiencia.
Si usted no tiene un abogado, puede pedirle al juez más tiempo para encontrar un abogado si usted desea. Si usted le pide al juez más tiempo, podría demorar su solicitud de permiso de trabajo. No es necesario llevar a un abogado a la audiencia. Si usted sí tiene un abogado, puede hablar con su abogado sobre su caso específico.
Si sus hijos están incluidos en su caso, debe llevarlos a su primera audiencia. Durante la primera audiencia, pregúntele al juez si usted tiene que llevar a sus hijos a la siguiente audiencia. Debe seguir llevando a sus hijos a cada audiencia hasta que el juez le diga que no los tiene que llevar.
Esta primera audiencia también se conoce como audiencia preliminar o de “calendario maestro” (MCH, por sus siglas en inglés). Dependiendo de su caso, es posible que tenga solo una sola audiencia preliminar o es posible que tenga varias audiencias preliminares.
¿Qué pasará durante mis próximas audiencias preliminares en la corte?
Dependiendo de su caso, es posible que tenga varias audiencias preliminares (MCH, por sus siglas en inglés) después de la primera audiencia. Estas audiencias preliminares suelen ser muy breves y el juez de inmigración le hará preguntas iniciales. Normalmente no se discuten los detalles de su caso de asilo durante una audiencia preliminar. El siguiente paso después de las audiencias preliminares, es una audiencia individual en donde podrá explicar su caso de asilo.
Lo más importante es asistir a estas audiencias en la corte de inmigración. Si usted no va a una audiencia, un juez de inmigración puede darle una orden de deportación.
Si usted no tiene un abogado, puede pedirle al juez más tiempo para encontrar un abogado. Usted puede hacer esto incluso si ya le había pedido al juez más tiempo para encontrar un abogado durante su primera audiencia. El juez podría preguntarle qué esfuerzos ha hecho para encontrar un abogado, así que debería ir preparado con una respuesta. Por ejemplo, puede llevar una lista escrita de todos los lugares a los que ha llamado para buscar representación. Si usted ya tiene un abogado, puede hablar con su abogado sobre su caso específico. Si usted le pide al juez más tiempo para encontrar un abogado, podría demorar su solicitud de permiso de trabajo.
Si usted le preguntó al juez durante la primera audiencia si tenía que llevar a sus hijos a sus audiencias, y el juez le dijo que no, entonces no necesita llevar a sus hijos a la audiencia.
Pero si el juez no le ha dicho si tiene que llevar a sus hijos o no, entonces es mejor que vaya con sus hijos si ellos están incluidos en su caso. Durante la audiencia, puede preguntarle al juez si tiene que llevar a sus hijos a la próxima audiencia. Debe llevar a sus hijos con usted hasta que el juez diga que ya no los tiene que llevar.
Si usted está listo, puede presentar su solicitud de asilo (I-589) durante su audiencia. Si usted aún no está listo, puede presentar su solicitud de asilo más tarde en otra audiencia preliminar, por correo, o en la ventanilla de la corte de inmigración. Si usted quiere pedir asilo, asegúrese de presentar su solicitud dentro del primer año de haber llegado a los Estados Unidos.
¿Qué pasará durante mi audiencia de méritos o audiencia individual?
La audiencia individual también se conoce como la audiencia de méritos. Durante esta audiencia, usted presentará su caso de asilo ante el juez. Usted explicará su historia y las razones por las que solicita asilo. También puede presentar pruebas, como documentos y testigos, para respaldar su caso.
Durante una audiencia individual, las únicas personas permitidas en la sala de audiencia son usted, el juez, el secretario del juez, el fiscal, un intérprete (si es necesario) y otras personas que usted haya invitado. Nadie puede hablar sobre su historia fuera de la sala de audiencia. Mientras usted comparte su historia, es probable que el juez le haga preguntas. El fiscal también puede hacerle preguntas. El fiscal generalmente presenta argumentos al juez de inmigración sobre por qué no debe obtener el asilo.
El juez de inmigración decidirá si le concede el asilo basándose en esta audiencia.
Muchas personas se refieren a la audiencia de méritos como la última audiencia de la corte, sin embargo, la audiencia de méritos no siempre es la última audiencia.
Si puede, es muy útil encontrar un abogado que lo represente durante esta audiencia. Los resultados anteriores de casos de asilo indican que puede ser muy difícil ganar asilo en la corte de inmigración sin ayuda legal.
Si usted no puede conseguir un abogado que lo represente en la audiencia individual, usted puede representarse a sí mismo.
Recuerde que, si el juez niega su caso durante la audiencia de méritos, usted aún tiene derecho de luchar contra esa decisión apelando su caso con la Junta de Apelaciones (BIA, por sus siglas en inglés). Usted no puede ser deportado mientras su apelación esté pendiente. ¡Pero usted debe tomar el primer paso y entregar su apelación dentro de los primeros 30 días después de la decisión del juez!
Si el juez niega su caso de asilo al final de su audiencia de méritos, es posible que el juez le pregunte si quiere “reservar su derecho a apelar” (“reserve your right to appeal” en inglés). En otras palabras, el juez le pregunta si usted desea tener la oportunidad de apelar la decisión del juez. Usted puede responder que sí, incluso si usted no está seguro de querer apelar. Si usted dice que no, le está diciendo al juez que usted renuncia a su derecho a apelar, así que usted no podrá luchar contra la decisión del juez. Decir que no hará que la decisión del juez sea definitiva.
Si el juez le concede asilo, generalmente es seguro decirle al juez que usted no desea apelar. Sin embargo, es posible que el fiscal diga que ellos quieren apelar la decisión del juez de concederle asilo.
Este recurso fue creado por el Asylum Seeker Advocacy Project (ASAP) y editado por Immigrant Advocates Response Collaborative (I-ARC). Puede consultar el recurso original y las actualizaciones en el sitio web de ASAP: https://www.apoyodeasilo.org/preguntas-frecuentes-corte-de-inmigracion/
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